Compartimos con ustedes la nota enviada a la presidencia del BROU, con motivo de la asistencia financiera para el control de la garrapata recientemente difundida:
Montevideo, 2 de noviembre de 2024
Sr. Presidente del Banco de la República Oriental del Uruguay, Ec. Salvador FERRER
Presente:
Con motivo de la Asistencia financiera para el control de garrapata acordada con los servicios de la DGSG del MGAP, y que fue recientemente difundida por distintos ámbitos:
- Nos llama la atención la redacción del texto en relación a la Evaluación Técnica, establecida para brindar apoyo en salud animal, mediante la asistencia técnica, «por el Cuerpo Técnico del Banco, a cargo de ingenieros agrónomos»
- En nuestro rol de representantes del «Colegio Veterinario del Uruguay», persona jurídica pública no estatal, creado por la ley N° 19.258 y reglamentado por el decreto 389/018, debemos velar por los deberes e incumbencias que son privativas de la profesión veterinaria.
- Es en ese sentido el Art. 13 del decreto reglamentario 389/018, establece las competencias exclusivas de la profesión veterinaria.
En base a estos precedentes, solicitamos a Ud., que se adecue la redacción para expresar este tipo de acción en el presente y futuros comunicados.
Como Colegio estamos a las órdenes para cualquier consulta o contribución que consideren podamos realizar.
Sin otro particular nos despedimos atentamente,
Dr. Carlos Morón, Presidente del CVU
Dr. Darío Hirigoyen, Secretario Gral. del CVU